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REFERENCIA

Glosario de Fianzas Aduanales

Definiciones en lenguaje claro de los términos que se repiten en el trabajo con fianzas aduanales: código de actividad, monto de la fianza, daños liquidados, endoso, aviso de insuficiencia, Circular 570, ISF, drawback, in-bond y más.

Términos

Agente aduanal (customs broker)
Persona licenciada bajo la 19 U.S.C. § 1641 para realizar gestiones aduaneras por cuenta de importadores. Puede constituir su propia fianza de Código 1 y firmar las fianzas de los fiados como apoderado.
Afianzadora (surety)
La aseguradora listada por el Tesoro que garantiza financieramente las obligaciones del fiado ante la CBP, identificada en la fianza por su código de tres dígitos.
Arancel (duty)
El impuesto que grava la mercancía importada conforme al Arancel Armonizado de Estados Unidos (HTSUS).
Aviso de insuficiencia
Determinación escrita de la CBP de que una fianza continua existente ya no es adecuada para proteger la recaudación, con un plazo en el que el fiado debe presentar una fianza de reemplazo mayor.
Beneficiario (obligee)
La parte a la que protege una fianza. En las fianzas aduanales, la CBP en nombre de Estados Unidos; en las fianzas de exclusión de la ITC, el reclamante.
CBP
U.S. Customs and Border Protection, el beneficiario de las fianzas aduanales y la oficina del Departamento de Seguridad Nacional que administra la ley aduanera de EE.UU.
Circular 570 del Tesoro
La lista, republicada anualmente por el Departamento del Tesoro, de compañías certificadas para emitir fianzas federales. Una afianzadora debe aparecer en ella para emitir una fianza aduanal.
Código de actividad
Clasificación de uno o dos caracteres que usa la CBP en el Formulario 301 para identificar la actividad aduanera que cubre una fianza. Cada uno corresponde a una sección de condiciones en el 19 CFR Parte 113, Subparte G.
Código de afianzadora de tres dígitos
El identificador que la CBP y el Fiscal Service asignan a cada afianzadora listada por el Tesoro.
Condiciones de la fianza
Las obligaciones sustantivas que garantiza una fianza, establecidas en el 19 CFR Parte 113, Subparte G, e incorporadas por referencia al instrumento.
Contrato de indemnización general
El contrato que el fiado y sus indemnizadores firman con la afianzadora al inicio de la fianza, por el cual se obligan a reembolsarle cualquier pérdida que pague bajo la fianza.
Daños liquidados
Monto preestablecido que la CBP determina por el incumplimiento de una obligación regulatoria, pagadero hasta el monto de la fianza. La forma más común de reclamación bajo fianzas aduanales.
Drawback
Reembolso de aranceles, impuestos y tarifas pagados sobre mercancía importada que posteriormente se exporta o se destruye bajo supervisión de la CBP.
Drawback acelerado
Pago de un reembolso de drawback antes de la liquidación definitiva de la reclamación, condicionado a que el reclamante constituya una fianza de Código 1A.
Endoso (rider)
Modificación firmada por la afianzadora y el fiado y presentada ante la CBP que cambia un término específico de una fianza existente — nombre, dirección, nombre comercial, cofiado o código de puerto — sin reemplazar el instrumento. Un aumento del monto requiere una fianza nueva, no un endoso.
Estación centralizada de examen (CES)
Instalación de operación privada donde la CBP examina mercancía importada. Sus operadores constituyen fianzas de custodia de Código 2.
Fianza continua
Fianza aduanal que cubre todas las transacciones calificadas en todos los puertos de entrada durante un periodo continuo, con prima anual, vigente hasta su terminación. La forma predeterminada para la actividad recurrente.
Fianza de transacción única (STB)
Fianza aduanal que cubre exactamente una transacción aduanera y expira cuando la transacción se liquida y se satisfacen todas las obligaciones.
Fiado (principal)
La parte cuyo cumplimiento garantiza la fianza: importador, agente aduanal, transportista, almacén, operador de FTZ, medidor, operador de terminal, titular de derechos u otra entidad regulada.
Formulario 301
El formulario estándar de fianza aduanal de la CBP, usado para todos los códigos de actividad que la CBP acepta actualmente en el formulario estándar. Los Códigos 12 y 17 requieren instrumentos separados.
Importador de registro (IOR)
La parte legalmente responsable ante la CBP de la entrada de la mercancía importada y del pago de aranceles, impuestos y tarifas. El fiado en una fianza de Código 1.
Importer Security Filing (ISF / 10+2)
Datos anticipados de la carga que la CBP exige en importaciones marítimas, generalmente veinticuatro horas antes del embarque en el puerto extranjero. Afianzado bajo el Código 1 o el Código 16.
Instrumentos de tráfico internacional (IIT)
Contenedores, lift vans, furgones de carga, tanques de embarque, tarimas y equipos reutilizables similares. Afianzados bajo el Código 3A.
Liquidación
El cómputo definitivo por la CBP de los aranceles, impuestos y tarifas adeudados sobre una entrada, generalmente dentro del año siguiente a la entrada, sujeto a prórrogas legales.
Monto de la fianza (penal sum)
El importe máximo por el que responde la afianzadora bajo la fianza, indicado en su texto.
Movimiento in-bond
Traslado de mercancía de un puerto de EE.UU. a otro, o a un destino fuera de Estados Unidos, bajo custodia de la CBP y sin pago de aranceles en el puerto de llegada. Garantizado por una fianza de Código 2.
Muestra IPR
Muestra de mercancía retenida o incautada que la CBP entrega a un titular de derechos en relación con una posible determinación de infracción. Afianzada bajo el Código 15.
NVOCC
Transportista común no operador de buques. Sujeto a las obligaciones de transportista internacional y manifiesto anticipado afianzadas bajo el Código 3.
Operador de terminal marítima (MTO)
Operador de una terminal marítima que maneja carga internacional. Afianzado bajo el Código 17.
Orden de exclusión de la ITC
Orden de la Comisión de Comercio Internacional de EE.UU. bajo la Sección 337 de la Ley Arancelaria de 1930 que excluye de entrada mercancía infractora. Afianzada bajo el Código 12 durante cualquier periodo permitido de entrada bajo fianza.
Agencia gubernamental asociada (PGA)
Agencia federal distinta de la CBP cuyos requisitos aplican a la mercancía importada: FDA, EPA, USDA, DOT, FCC, ATF, CPSC y otras. La condición de PGA triplica el dimensionamiento de las fianzas de transacción única.
Director del puerto
El oficial de la CBP a cargo de un puerto de entrada, con autoridad delegada sobre las presentaciones de fianzas de ciertos códigos de actividad.
Zona de comercio exterior (FTZ)
Área dentro de Estados Unidos que se considera, a efectos arancelarios, fuera del territorio aduanero de EE.UU. Operada bajo una fianza de Código 4.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre un endoso y una fianza de reemplazo?

Un endoso cambia un término específico como el nombre o la dirección del fiado. Cualquier aumento del monto requiere una fianza de reemplazo nueva.

¿Qué es el monto de la fianza (penal sum)?

El importe máximo que puede exigirse a la afianzadora bajo la fianza.

¿Qué son los daños liquidados?

Montos preestablecidos que la CBP determina por incumplimientos regulatorios; la reclamación más común bajo fianzas aduanales.

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Sobre el autor

Escrito por C. Constantin Poindexter, JD, CPCU, AFSB, ARe, ASLI — fundador de Surety One, Inc. y CEO de Janus Assurance Re. Ha suscrito fianzas y reaseguro durante más de treinta años y es autor de la Guía Práctica de las Fianzas Aduanales de EE.UU., en la que se basan estas páginas.