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CÓDIGO DE ACTIVIDAD 1A

Fianza de Reembolsos de Drawback

El drawback es el reembolso de aranceles, impuestos y tarifas pagados sobre mercancía importada que luego se exporta o se destruye bajo supervisión de la CBP. El reclamante que desea ese reembolso de forma acelerada — antes de que la CBP liquide definitivamente la reclamación — debe constituir una fianza de Código de Actividad 1A. La fianza garantiza la devolución a la CBP de cualquier porción del pago acelerado que después resulte haberse pagado en exceso.

El drawback es el reembolso de aranceles, impuestos y tarifas pagados sobre mercancía importada que luego se exporta o se destruye bajo supervisión de la CBP. El reclamante que desea ese reembolso de forma acelerada — antes de que la CBP liquide definitivamente la reclamación — debe constituir una fianza de Código de Actividad 1A. La fianza garantiza la devolución a la CBP de cualquier porción del pago acelerado que después resulte haberse pagado en exceso.

Las condiciones están en el 19 CFR § 113.65 (condiciones de la fianza de reembolso de drawback pagado erróneamente). El drawback en sí se rige por el 19 CFR Parte 190.

Quién debe constituirla

  • Fabricantes, exportadores e importadores que presentan reclamaciones de drawback bajo los procedimientos de pago acelerado.
  • Reclamantes que utilizan el procedimiento de resumen del exportador.
  • Agentes y presentadores de drawback que actúan por cuenta de reclamantes, siendo el reclamante el fiado.

Qué garantiza la fianza

  • La devolución a la CBP de cualquier drawback acelerado que la liquidación demuestre no adeudado, con los intereses que correspondan.
  • El cumplimiento de los requisitos de registros y producción de documentos durante el ciclo de liquidación de la reclamación.

Cómo la dimensiona la CBP

  • Continua: mínimo de $50,000, dimensionada al drawback acelerado que el reclamante espera recibir durante la vigencia.
  • Transacción única: ajustada a la reclamación específica, con un mínimo nominal de $100.
  • Como la fianza cubre reembolsos proyectados y no aranceles históricos, el dimensionamiento debe mirar hacia adelante.

Notas del suscriptor

  • El ciclo de reembolsos posterior a Learning Resources, Inc. v. Trump ha aumentado la actividad de drawback de muchos importadores. Dimensione la fianza contra los próximos doce meses, no los últimos doce.
  • Las reclamaciones de drawback se liquidan según su propio calendario; la responsabilidad bajo la fianza subsiste hasta que cada reclamación cubierta se liquide.
  • Un reclamante que ya tiene una fianza continua de importador de Código 1 necesita de todos modos una fianza separada de Código 1A para recibir el pago acelerado.

Preguntas frecuentes

¿Puedo recibir drawback sin una fianza de Código 1A?

Sí, pero solo después de que la CBP liquide la reclamación, lo que puede tardar un año o más. La fianza es lo que permite el pago acelerado.

¿Qué pasa si la CBP después reduce mi reclamación?

Usted devuelve la diferencia. Si no lo hace, la CBP la exige a la afianzadora bajo la fianza, y la afianzadora la recupera de usted bajo el contrato de indemnización.

¿La fianza de drawback es continua?

Puede serlo. Los reclamantes frecuentes usan una fianza continua; los ocasionales pueden constituir una de transacción única ajustada a la reclamación.

Fuentes primarias

Poindexter fleur de lis

Sobre el autor

Escrito por C. Constantin Poindexter, JD, CPCU, AFSB, ARe, ASLI — fundador de Surety One, Inc. y CEO de Janus Assurance Re. Ha suscrito fianzas y reaseguro durante más de treinta años y es autor de la Guía Práctica de las Fianzas Aduanales de EE.UU., en la que se basan estas páginas.