Todo medio de transporte que llega a Estados Unidos desde fuera de su territorio aduanero llega bajo fianza. El Código de Actividad 3 lo constituye el operador del buque, la aeronave, el camión o el tren y garantiza el manifiesto correcto de la carga y la tripulación, el pago de los servicios en horas extraordinarias prestados por oficiales de la CBP, el cumplimiento de los requisitos de manifiesto anticipado y todas las demás normas de la CBP vinculadas al despacho del medio de transporte.
Las condiciones están codificadas en el 19 CFR § 113.64 (condiciones de la fianza de transportista internacional). Los transportistas comunes no operadores de buques (NVOCC) con obligaciones de manifiesto anticipado también constituyen esta fianza.
Quién debe constituirla
- Navieras y operadores de buques.
- Aerolíneas y operadores de aeronaves comerciales.
- Empresas de autotransporte y operadores ferroviarios que cruzan fronteras terrestres con carga internacional.
- NVOCC que presentan manifiestos anticipados en su propio nombre.
Qué garantiza la fianza
- Manifiestos de carga y tripulación exactos y oportunos, incluidas las presentaciones electrónicas anticipadas.
- El pago de los cargos de la CBP por servicios extraordinarios y reembolsables.
- El cumplimiento de las reglas de despacho, descarga y desvío in-bond del medio de transporte.
- El pago de daños liquidados por discrepancias en el manifiesto y carga no manifestada.
Cómo la dimensiona la CBP
- Los mínimos varían según la clase de medio de transporte; buques, aeronaves y transportistas terrestres tienen cada uno su propio esquema en la guía de montos de la CBP.
- La fianza continua es la norma para los transportistas regulares; la de transacción única conviene para un viaje o fletamento aislado.
Notas del suscriptor
- El Código de Actividad 3A (instrumentos de tráfico internacional) es el único que la CBP permite marcar junto con el Código 3 en el Formulario 301. Los transportistas que poseen o arriendan contenedores suelen presentar la fianza combinada.
- Las reclamaciones por discrepancias en el manifiesto son rutinarias y frecuentes; el valor de la afianzadora está en revisarlas y mitigarlas antes de pagar.
Preguntas frecuentes
¿Una empresa de autotransporte que cruza desde México o Canadá necesita esta fianza?
Sí. Cualquier transportista que llegue con carga internacional necesita una fianza de Código 3 registrada, sin importar el modo.
¿Pueden combinarse la fianza de transportista y la de contenedores?
Sí. Los Códigos 3 y 3A pueden presentarse juntos en un solo Formulario 301.
¿Qué origina una reclamación bajo una fianza de transportista?
La mayoría son daños liquidados por errores de manifiesto, carga no manifestada o falta de pago de servicios extraordinarios.